MUFACE y cambio de entidad sanitaria: guía completa para mutualistas
MUFACE y cambio de entidad sanitaria: guía completa para mutualistas

MUFACE y cambio de entidad sanitaria: guía completa para mutualistas

junio 14, 2026
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Si eres mutualista de MUFACE, tarde o temprano te tocará plantearte el cambio de entidad sanitaria: pasar del Sistema Nacional de Salud a una aseguradora concertada, cambiar de aseguradora o volver a la sanidad pública. Es un trámite muy frecuente, pero está lleno de matices, plazos y excepciones que conviene tener muy claros para no meter la pata.

A continuación tienes una guía completa, explicada en lenguaje sencillo, donde se detalla cuándo puedes cambiar de entidad, cómo se hace, qué papeles necesitas, qué pasa con tu tarjeta sanitaria y en qué casos se permiten cambios extraordinarios fuera de los periodos normales de enero y junio. La idea es que, cuando termines de leer, sepas exactamente qué puedes hacer en tu caso concreto.

Qué es el cambio de entidad en MUFACE y qué opciones tienes

Las personas mutualistas de MUFACE pueden elegir quién les presta la asistencia sanitaria: el INSS/Sistema Sanitario Público o entidades de seguro privadas concertadas. En la actualidad, las aseguradoras que colaboran con MUFACE hasta el 31 de diciembre de 2027 son ASISA y SEGURCAIXA ADESLAS.

Como titular, puedes optar por mantenerte en el Sistema Sanitario Público (a través del INSS y los Servicios Públicos de Salud de tu comunidad autónoma) o elegir una de las entidades médicas privadas concertadas. Si ya estás en una entidad de seguro, también es posible cambiar a otra distinta dentro de los periodos previstos.

Este derecho de elección se extiende igualmente a las personas beneficiarias con Documento asimilado al de Afiliación, de modo que toda la unidad familiar queda vinculada a la misma opción sanitaria que haya seleccionado el mutualista titular.

Períodos ordinarios de cambio: enero y junio

El cambio de entidad sanitaria en condiciones normales se realiza en los llamados periodos ordinarios de cambio. Estos son:

  • Del 1 al 31 de enero de cada año.
  • Del 1 al 30 de junio de cada año.

Durante estos meses, los mutualistas y beneficiarios con Documento asimilado al de Afiliación, adscritos tanto al INSS/Sistema Sanitario Público como a las Entidades de Seguro de Asistencia Sanitaria, pueden solicitar el cambio de sistema o de entidad sin necesidad de justificar ninguna causa especial.

Solo se admite una solicitud de cambio por cada periodo ordinario. La opción sanitaria que escojas en enero o junio es obligatoria y se mantiene hasta que se abra el siguiente periodo de cambio, salvo que concurran causas para un cambio extraordinario, que veremos más adelante.

Si no pides ningún cambio en los periodos de enero o junio, no tienes que hacer ningún trámite de confirmación: simplemente continúas automáticamente adscrito a la misma entidad o sistema sanitario que tuvieras a 31 de diciembre del año anterior.

Cómo se hace el cambio ordinario de entidad sanitaria

MUFACE ofrece varias vías para gestionar el cambio ordinario de sistema o entidad, algunas más cómodas que otras. Lo más recomendable es usar los canales electrónicos, porque evitas colas y desplazamientos, y están disponibles las 24 horas.

Cambio a través de la Sede Electrónica de MUFACE

La opción prioritaria es gestionar el trámite a través de la Sede Electrónica de MUFACE, utilizando los medios de identificación aceptados por la plataforma Cl@ve:

  • Certificado digital.
  • DNI electrónico.
  • Cl@ve Permanente.
  • Cl@ve PIN.

Con cualquiera de estos medios puedes entrar en la sede, acceder al servicio de cambio de entidad sanitaria y realizar el trámite completamente en línea, en cualquier momento del día, sin depender del horario de las oficinas. Si no estás registrado en el sistema Cl@ve, puedes hacerlo en las oficinas de MUFACE (con cita previa) o en otros puntos de registro habilitados.

Solicitud con identificación digital a través de registro electrónico

Si dispones de identificación digital, pero prefieres no hacer el trámite directamente en la aplicación de cambio de entidad, MUFACE permite otra vía: descargar y cumplimentar el modelo de solicitud en papel, firmarlo y presentarlo electrónicamente a través de:

  • El Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado (REC).
  • Otros registros electrónicos válidos en la Administración.

En este caso, la solicitud se dirige a tu oficina provincial de MUFACE, que será la encargada de tramitar el cambio conforme a la normativa aplicable.

Tramitación sin identificación digital

Si no cuentas con certificado, DNI electrónico ni Cl@ve, todavía puedes gestionar el cambio de entidad sanitaria utilizando el modelo de solicitud en papel. Para ello:

  • Descarga el impreso de cambio de entidad desde la web de MUFACE.
  • Cúbrelo con tus datos, marca la nueva entidad o sistema sanitario elegido y fírmalo.
  • Remite el impreso a tu oficina provincial de MUFACE por correo postal, utilizando el directorio de Nuestras Oficinas, o preséntalo en cualquiera de los registros indicados en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.

Además, si te resulta más cómodo, puedes usar el Registro electrónico general para enviar la documentación escaneada, siempre que cuentes con un medio de acceso compatible.

Atención presencial en oficinas de MUFACE

Como último recurso, si no puedes utilizar ninguno de los canales anteriores, puedes pedir cita y acudir de manera presencial a tu oficina de MUFACE para recoger y presentar el modelo de solicitud de cambio de entidad. Eso sí, MUFACE insiste en que la atención presencial se reserva principalmente para urgencias o casos que no admiten otros canales, y que a principios de año puede haber saturación en algunas oficinas debido al volumen de solicitudes.

En cualquier caso, para modificar la entidad sanitaria, el modelo específico de cambio de entidad es el que debes utilizar tanto para los cambios ordinarios (enero y junio) como para varios supuestos de cambio extraordinario.

Qué pasa con tus beneficiarios cuando cambias de entidad

Cuando un mutualista titular realiza un cambio de entidad sanitaria, no tiene que tramitar nada aparte para sus beneficiarios. Las personas beneficiarias quedan automáticamente adscritas a la nueva entidad o sistema sanitario elegido y causan baja en la anterior en el mismo momento en que se formaliza el cambio del titular.

Si necesitas gestionar el alta, baja o variación de circunstancias de tus beneficiarios, existe un impreso específico para beneficiarios. Ese formulario se utiliza para:

  • Dar de alta o de baja a beneficiarios.
  • Comunicar cambios en sus datos personales o familiares, determinen o no la baja.
  • Solicitar tarjeta de afiliación propia en casos de fallecimiento del mutualista, divorcio, separación legal o nulidad matrimonial.

En estos supuestos, la persona beneficiaria puede obtener una tarjeta de afiliación independiente, desvinculada de la del mutualista titular, para seguir recibiendo la asistencia sanitaria que le corresponda.

Cuándo surte efecto el cambio y qué gestiones hace MUFACE

Una duda muy habitual es cuándo empieza a ser efectiva la nueva adscripción sanitaria. En el momento en que se tramita el cambio, ya sea en sede electrónica o en la oficina provincial de MUFACE, el mutualista y sus beneficiarios quedan adscritos a la nueva entidad y causan baja en la anterior en ese mismo instante.

No existen periodos de carencia para ningún tipo de asistencia: no hay días de espera ni lagunas en la cobertura. Puedes comprobar el cambio al día siguiente de haberlo solicitado accediendo al servicio electrónico “Sus datos en MUFACE” o descargando el certificado de adscripción sanitaria desde la propia sede electrónica.

No es necesario que avises a la nueva entidad o al INSS por tu cuenta. MUFACE comunica a diario, de forma telemática, todos los cambios de entidad sanitaria realizados, tanto a las aseguradoras como al Instituto Nacional de la Seguridad Social. También transmite cualquier otro dato necesario para la correcta prestación de la asistencia sanitaria y farmacéutica recogida en el concierto sanitario.

MUFACE ha dejado de enviar tarjetas de afiliación tras el cambio de entidad. A partir de ahora, la gestión de la tarjeta sanitaria individual depende del sistema sanitario elegido, tal y como se explica en el siguiente apartado.

La tarjeta sanitaria individual tras el cambio de entidad

La tarjeta sanitaria individual es el documento que acredita tu derecho a la asistencia sanitaria. Aunque MUFACE gestiona la condición de mutualista y la adscripción a una u otra entidad, quien emite la tarjeta sanitaria no es MUFACE, sino la entidad o el servicio público de salud correspondiente.

Si cambias al Sistema Sanitario Público (INSS/Servicios Públicos de Salud)

Cuando solicitas el cambio desde una entidad concertada a los Servicios Públicos de Salud, o cuando te adscribes al Sistema Sanitario Público por primera vez, la tarjeta sanitaria no te la enviará MUFACE ni ninguna aseguradora privada.

Una vez realizado el cambio, debes acudir al Centro de Salud que te corresponda en tu comunidad autónoma para pedir la emisión de la tarjeta sanitaria individual. Allí te indicarán la documentación que debes presentar y el plazo aproximado de entrega. Hasta que recibas la tarjeta física, el centro puede facilitarte un documento provisional de asistencia, según los protocolos autonómicos.

Si cambias entre entidades concertadas o desde el INSS a una entidad de seguro

Si has solicitado el cambio desde el INSS/Servicios Públicos de Salud a una entidad concertada (ASISA o SEGURCAIXA ADESLAS), o si ya estabas en opción concertada y simplemente cambias de una aseguradora a otra, será la nueva entidad quien se encargue de enviarte la tarjeta sanitaria.

Lo habitual es que la compañía remita a tu domicilio la nueva tarjeta sanitaria individual en el plazo de una o dos semanas. MUFACE indica que este plazo máximo es de unos siete días naturales, aunque puede variar ligeramente. Si necesitas recibir asistencia antes de que llegue la tarjeta física, puedes solicitar a la entidad una tarjeta sanitaria provisional o un justificante de cobertura.

Cambios extraordinarios de entidad sanitaria fuera de enero y junio

Aunque la regla general es que los cambios de entidad sanitaria solo se admiten en enero y junio, la normativa de MUFACE contempla ciertos supuestos muy tasados en los que se puede autorizar un cambio extraordinario fuera del periodo ordinario. Estos cambios se dividen en cambios fuera de plazo y cambios extraordinarios al INSS por razones médico-hospitalarias.

Cambio fuera del plazo ordinario

Fuera de enero y junio se podrá autorizar el cambio de Entidad de Seguro de Asistencia Sanitaria o la adscripción al Sistema Sanitario Público en los siguientes casos objetivos:

  • Cambio de destino con traslado de provincia: cuando un mutualista en activo obtiene un nuevo destino que implica mudarse a otra provincia distinta.
  • Cambio de domicilio a otra provincia: cuando, sin cambiar la localidad de destino de trabajo, el mutualista traslada su domicilio habitual a una provincia diferente.
  • Cambio con conformidad de las entidades afectadas: cuando el mutualista obtiene, por escrito, la conformidad de las entidades sanitaria de origen y destino para efectuar el cambio de una a otra. Este supuesto incluye el paso desde la red sanitaria pública (INSS/Servicios Públicos de Salud) a una entidad de seguro; sin embargo, el movimiento inverso (de aseguradora privada al sistema público) se regula como cambio extraordinario al INSS.
  • Plazo especial por problemas de asistencia médica: cuando concurren circunstancias objetivas que afectan a una pluralidad de titulares con el mismo problema de asistencia médica, la Dirección General de MUFACE puede acordar la apertura de un plazo especial de elección de entidad, incluyendo en su caso los Servicios Públicos de Salud o el INSS.

Además, existe un supuesto concreto en el que el cambio extraordinario está ligado al colectivo protegido por el concierto:

Cuando una persona titular pasa a estar incluida en el colectivo del Concierto en territorio nacional porque se extingue su derecho a la asistencia sanitaria en el extranjero (Concierto de asistencia sanitaria en el Exterior), puede elegir entidad siempre que esa extinción no se deba a la pérdida de la condición de mutualista. En tal caso, se permite el cambio de entidad sanitaria en España una vez que pasa a estar cubierta por el concierto nacional.

Cambio extraordinario al INSS por razones médico-hospitalarias

Existe un tipo muy específico de cambio extraordinario que solo se admite hacia el INSS/Sistema Sanitario Público y que se basa en necesidades médicas especiales. Este cambio se puede autorizar cuando el titular lo solicita por razones de asistencia médico-hospitalaria y la petición es aprobada por una Comisión Paritaria MUFACE/Seguridad Social.

Para este trámite, el mutualista debe aportar junto con la solicitud un informe médico detallado en el que consten:

  • El diagnóstico del proceso patológico que padece el titular o alguno de sus beneficiarios.
  • Las razones clínicas que justifican la conveniencia de que el tratamiento se lleve a cabo en un centro del Sistema Sanitario Público.

Además, el solicitante debe declarar expresamente que asume la obligación de permanecer un tiempo mínimo adscrito al INSS si se concede el cambio. En algunos textos se establece un periodo de cinco años, en otros se habla de dos años para determinados supuestos extraordinarios; en la práctica, MUFACE aplica un periodo de permanencia prolongado, de varios años, durante el cual no se puede volver a cambiar de entidad o sistema sanitario.

Conviene tener presente que, si se produce un cambio desde una entidad concertada al INSS por causas extraordinarias, el mutualista quedará obligado a mantenerse en el sistema público durante el periodo que se le exija (normalmente varios años), sin posibilidad de nuevos cambios durante ese tiempo.

Trámites y formularios relacionados con altas, cambios y variaciones

Además del formulario específico para el cambio de entidad sanitaria, MUFACE dispone de otros impresos que se utilizan para gestionar distintas situaciones administrativas relacionadas con la mutualidad y la asistencia sanitaria.

Impreso de afiliación y variación de circunstancias del mutualista

Existe un impreso general que sirve para solicitar el alta como mutualista obligatorio o voluntario, así como para comunicar variaciones en las circunstancias personales o profesionales, determinen o no la baja como mutualista. Entre otras cosas, este formulario se utiliza cuando:

  • Hay un cambio de domicilio que además implica cambio de provincia.
  • Se produce un cambio de situación administrativa (por ejemplo, en procesos de promoción interna o cambio de cuerpo o escala).

En determinados casos, este mismo impreso puede emplearse para elegir entidad médica de asistencia sanitaria cuando el cambio de provincia de destino o de domicilio supone la habilitación para escoger nueva entidad, de acuerdo con las normas de MUFACE.

Impreso para mantenimiento del alta en determinados procesos de promoción

Otro formulario está destinado a solicitar el mantenimiento del alta como mutualista en el ejercicio del derecho de opción que se reconoce en los supuestos de:

  • Promoción interna a escalas administrativas de Organismos Autónomos.
  • Acceso a cuerpos o escalas de la Administración de la Comunidad Autónoma por transferencia.

Este documento permite que, pese al cambio de cuerpo, escala o administración, el trabajador pueda continuar vinculado a MUFACE y a su sistema de protección si la normativa le reconoce ese derecho de opción.

Impreso de cambio de entidad sanitaria

El impreso de cambio de entidad es el que se usa específicamente para modificar la entidad médica de elección, tanto en los periodos ordinarios (enero y junio) como en varios supuestos de cambio extraordinario (por cambio de provincia de destino, de domicilio, por causas médico-hospitalarias, etc.).

Este impreso puede enviarse por correo postal al servicio provincial de adscripción o presentarse a través del Registro electrónico general. Asimismo, el proceso ordinario de cambio también se puede completar mediante la sede electrónica de MUFACE y la App MUFACE Móvil, utilizando los medios de identificación electrónica habilitados.

En el caso particular de un cambio extraordinario de entidad sanitaria entre entidades de seguro con conformidad de ambas, el mutualista debe aportar un documento que acredite dicha conformidad. Si el cambio se inicia por sede electrónica, ese documento puede tener que remitirse por otra vía, o bien el servicio provincial requerirá su presentación posteriormente.

Procedimiento práctico de cambio de entidad

Para efectuar el cambio de Entidad de Seguro o la adscripción al Sistema Sanitario Público, el mutualista debe presentar, junto con la solicitud, el Documento de Afiliación o el Documento asimilado al de Afiliación, para su sustitución en el Servicio Provincial de MUFACE o en la oficina más cercana.

En el caso de los cambios tramitados de forma electrónica, estos documentos se validan de manera digital y, en muchos casos, no es necesario entregar el original físicamente. Sin embargo, si realizas la gestión en papel o acudiendo a una oficina, lo habitual es que tengas que mostrar o entregar el documento de afiliación para que se proceda a su actualización.

Al utilizar la sede electrónica y los sistemas de identificación Cl@ve (certificado digital, DNI electrónico, Cl@ve Permanente o Cl@ve PIN), puedes efectuar cambios ordinarios entre entidades de seguro privadas, así como pasar al Sistema Nacional de Salud para recibir la asistencia a través de los servicios públicos de salud de tu comunidad autónoma de residencia, con un procedimiento bastante ágil.

Limitaciones, avisos y aspectos a tener en cuenta

Es importante saber que, una vez presentada la solicitud de cambio de entidad durante un periodo ordinario, el cambio no admite reversión. Es decir, no puedes deshacerlo dentro del mismo mes alegando simplemente que te has arrepentido.

Por ejemplo, si en enero o junio pides un cambio y después, al consultar el Catálogo de Proveedores (cuadro médico) de la nueva entidad, descubres que tu médico o centro habitual no aparece, no podrás desistir de la solicitud para seguir en tu entidad anterior. Por eso MUFACE recomienda revisar con calma el catálogo de la entidad que vas a elegir antes de enviar la solicitud de cambio.

Respecto a la frecuencia de los cambios, en términos generales se puede solicitar cambio cada año en los periodos ordinarios de enero y junio, o fuera de ellos en los casos extraordinarios previstos. La principal excepción son los cambios extraordinarios al INSS por motivos médico-hospitalarios: tras uno de estos cambios, deberás permanecer un periodo prolongado en el Sistema Sanitario Público, sin poder volver a cambiar durante esos años.

MUFACE informa además de que, durante ciertos periodos, pueden realizarse mejoras técnicas en sus servicios electrónicos, lo que podría provocar que alguna gestión no se complete correctamente en un momento concreto. Si te ocurre algo así, lo aconsejable es intentarlo de nuevo unos minutos más tarde. Si el problema persiste, puedes contactar a MUFACE mediante el Formulario de Atención a Mutualistas disponible en su web o en la App, explicando la incidencia.

En conjunto, el sistema de MUFACE ofrece bastante flexibilidad para elegir o cambiar de entidad sanitaria, pero también impone reglas estrictas de plazos, permanencia y justificación en los cambios extraordinarios. Conocerlas bien te ayuda a planificar tus decisiones sanitarias sin sobresaltos, a utilizar los canales electrónicos de forma eficiente y a evitar bloqueos futuros por haber pedido un cambio que luego no puedas revertir o modificar con facilidad.

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